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sábado, 21 de noviembre de 2015

Ley 19.325 que tipifica la violencia doméstica hacia el varón


Esta es la única ley existente a la cual se puede acoger el hombre al sufrir de violencia por parte de su pareja. 


Ley de violencia intrafamiliar


El 7 de octubre de 2005 se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 20.066, Ley de Violencia Intrafamiliar, que vino a reemplazar la ley anterior, Ley Nº 19.325, que desde 1994 abordaba la misma problemática social.


El artículo 1º de la Ley de Violencia Intrafamiliar fija su objeto en los siguientes términos “Esta ley tiene por objeto prevenir, sancionar y erradicar la violencia intrafamiliar y otorgar protección a las víctimas de la misma”.



¿Qué actos constituyen violencia intrafamiliar?


El artículo 5º de la ley determina los actos que constituyen violencia intrafamiliar, siendo éstos todo maltrato que afecte:


  •  La vida.
  •  La integridad física.
  •  La integridad psíquica.

Este maltrato debe afectar a las personas que respecto del ofensor -y también de su cónyuge o actual conviviente en el tercer caso- tengan la calidad de:

  •  Cónyuge o ex cónyuge.
  •  Conviviente o ex conviviente.
  • Pariente por consanguinidad o por afinidad en toda la línea recta o en la colateral hasta el tercer grado inclusive.
Existe violencia intrafamiliar, asimismo, cuando el maltrato ocurre entre los padres de un hijo común -en este caso no hay una relación de convivencia-, o recaiga sobre una persona menor de edad o discapacitada que se encuentre bajo el cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo familiar. 


                                         


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